Entender la concepción de la mujer y la educación como derecho fundamental de todos los seres humanos, y sobre todo como transformador cultural y generacional de paradigmas, ideas y estereotipos que fomentan las violencias sexistas y basadas en roles de género, es fundamental para encaminar políticas y normativas legales y legislativas internacionales que conversen para la erradicación de las mismas. La transformación de estas prácticas y pensares es una tarea que se gesta de la misma necesidad humana y encaminar esta transformación a los entornos educativos es de vital importancia para que las nuevas generaciones reconozcan en la acción, la posibilidad de tener igualdad de oportunidades desde el género.
CEDAW
Uno de los primeros grandes avances lo constituye la Convención Internacional para la eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer – CEDAW, por sus siglas en inglés, la cual mediante sus artículos 5 y 10 consagran las obligaciones del Estado en la adopción de medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en el ámbito educativo:
Artículo 5: Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para:
a) Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres.
b) Garantizar que la educación familiar incluya una comprensión adecuada de la maternidad como función social y el reconocimiento de la responsabilidad común de hombres y mujeres en cuanto a la educación y al desarrollo de sus hijos, en la inteligencia de que el interés de los hijos constituirá la consideración primordial en todos los casos.
Artículo 10: Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:
a) Las mismas condiciones de orientación en materia de carreras y capacitación profesional, acceso a los estudios y obtención de diplomas en las instituciones de enseñanza de todas las categorías, tanto en zonas rurales como urbanas; esta igualdad deberá asegurarse en la enseñanza preescolar, general, técnica, profesional y técnica superior, así como en todos los tipos de capacitación profesional.
b) Acceso a los mismos programas de estudios, a los mismos exámenes, a personal docente del mismo nivel profesional, a locales y equipos escolares de la misma calidad.
c) La eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de enseñanza, mediante el estímulo de la educación mixta y de otros tipos de educación que contribuyan a lograr este objetivo y, en particular, mediante la modificación de los libros, programas escolares y la adaptación de los métodos de enseñanza.
d) Las mismas oportunidades para la obtención de becas y otras subvenciones para cursar estudios.
e) Las mismas oportunidades de acceso a los programas de educación permanente, incluidos los programas de alfabetización funcional y de adultos, con miras en particular, a reducir lo antes posible, toda diferencia de conocimientos que existan entre hombres y mujeres.
f) La reducción de la tasa de abandono femenino de los estudios y la organización de programas para aquellas jóvenes y mujeres que hayan dejado los estudios prematuramente.
g) Las mismas oportunidades para participar activamente en el deporte y la educación física.
h) Acceso al material informativo específico que contribuya a asegurar la salud y el bienestar de la familia, incluida la información y el asesoramiento sobre planificación de la familia.
Dichas medidas deben garantizar, entre otros aspectos, que se brinden las mismas condiciones de acceso a la educación y que en todas las formas de enseñanza, sean eliminados todos los estereotipos de género en los textos, programas escolares y métodos de enseñanza.
IV Conferencia Mundial de Beijing
Para 1995, con la IV Conferencia Mundial de Beijing los gobiernos participantes se vienen comprometiendo en la inversión de un ambiente educacional que promueva la igualdad entre hombres y mujeres, realizando una invitación en materia educativa a partir de los siguientes lineamientos:
- Mejoramiento de la igualdad de la educación y asegurar que las mujeres adultas y niñas, sean consideradas un grupo prioritario.
- Eliminación de todas las barreras que impiden la asistencia a la escuela de las adolescentes embarazadas y de las madres jóvenes.
- Elaboración de planes de estudio, libros de texto y material didáctico libre de estereotipos sexistas, que promuevan la igualdad, la cooperación, el respeto mutuo y las responsabilidades compartidas entre niñas y niños.
- Elaboración de módulos educativos para garantizar que los y las escolares adquieran los conocimientos necesarios para hacerse cargo de sus responsabilidades domésticas, fomentando la igualdad y responsabilidad compartida entre hombres y mujeres.
- Diseño de planes de educación en salud sexual y reproductiva como parte de la educación formal, con especial énfasis en la salud de la mujer.
La Comisión de Derechos Humanos ha considerado como tarea importante la integración de género en el proceso educativo, así como otras estrategias que a nivel mundial se están llevando a cabo con el fin de eliminar los obstáculos de acceso a la educación para la mujer.