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Capítulo I

Antecedentes

Colombia se ha comprometido firmando diferentes tratados, convenios y convenciones internacionales para trabajar por erradicar las violencias contra las mujeres, partiendo de reconocer sus derechos humanos.  Articulados a los derechos sociales, económicos y culturales (DESC) está el de la educación, el cual es uno de los aspectos que permite devolverles la dignidad humana a las mujeres.  Es por ello  que se crea normatividad a nivel nacional, regional y local para promover dicho derecho, aunado a los retos surgidos, por la necesidad de avanzar hacia una sociedad más equitativa e incluyente, se propende por una educación no sexista, para que se avance hacia la igualdad real de derechos entre mujeres y hombres. 

Algunas ratificaciones de Colombia para prevenir y atender las violencias contra las mujeres son:




Como antecedente de las convenciones, conferencias mundiales y declaraciones para el reconocimiento de los derechos de las mujeres está La Declaración Universal de Derechos Humanos (10 de Dic. 1948), la cual estableció en su Artículo 1: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.” Es por ello que nuestra Constitución política alude a la igualdad de derechos en varios de sus artículos, como por ejemplo en el Art. 5: “El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona”, en el Art. 13´: “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma p
rotección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica” y en el Art. 43 consagra que “la mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades”.  Siendo una responsabilidad del Estado promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, adoptando medidas a favor de grupos discriminados o marginados.

En relación al tema de los derechos sexuales y derechos reproductivos cabe destacar entre los antecedentes, la III Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (1994), que representa un hito en el reconocimiento de los derechos reproductivos, como derechos humanos; allí se inscriben los asuntos de la sexualidad y la reproducción en las personas como sujetos morales y seres autónomos con capacidad para decidir, sin presiones, incentivos o violencia. Un año más tarde en la IV Conferencia de la Mujer en Beijín, se introduce el concepto de derechos sexuales de las mujeres, que posteriormente se reconocen como derechos sexuales de las personas.

En la Constitución Política de 1991, erigida como una Carta de Derechos basada en la dignidad y respeto de todas las personas,  se consagran los derechos fundamentales, los cuales permiten avanzar en la eliminación de la discriminación y por ende el reconocimiento de la diversidad, por razones étnicas, culturales, religiosas, sexuales, entre otras. En consecuencia, el desarrollo de la vida sexual y las decisiones sobre la reproducción, configuran los derechos sexuales y los derechos reproductivos, que como derechos humanos, están íntimamente relacionados con el ejercicio del derecho a la vida, a la libertad, a la igualdad, a la intimidad personal y familiar, al desarrollo de la personalidad, a la libertad de conciencia, pensamiento y opinión, a formar una familia, a la atención en salud, a la educación, entre otros.

De otra parte, la Corte Constitucional ha realizado importantes desarrollos normativos en temas relacionados con los derechos sexuales y los derechos reproductivos, a través de diversas sentencias relacionadas con la integración de la Educación Sexual como una cátedra obligatoria en la educación formal, el reconocimiento del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, los derechos a la salud y a la no discriminación de  las personas que viven con VIH, los derechos a la autonomía reproductiva de las personas con discapacidad y el reconocimiento de derechos a las parejas del mismo sexo, entre otras.


El devenir de los derechos sexuales y de los derechos reproductivos, de más de medio siglo, su conocimiento y ejercicio por parte de la población, en su mayoría mujeres, ha estado acompañado de obstáculos de carácter político, religioso y sociocultural, tales como el patriarcado que tienen como trasfondo la negación de la autonomía y la capacidad de las mujeres para decidir sobre su cuerpo, su sexualidad y su reproducción, lo cual, ha constituido la vulneración de los derechos de las personas y en particular de las mujeres, a decidir sobre cómo conformar su familia, sus relaciones sexuales, si son madres o no y a decidir cuántos hijos e hijas tener y cuándo.

De otra parte, en materia de los derechos humanos para el logro de la igualdad es necesario atender, prevenir, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres que debe ser un compromiso de todos los sectores sociales.  Trabajar en los diferentes ámbitos de interacción social donde nos relacionamos hombres y mujeres, pasa por hacer transformación en los procesos educativos, especialmente en la primera infancia, y en las etapas de desarrollo de las niñas, los niños, adolescentes y jóvenes.  Además de sensibilizar a la comunidad educativa y principalmente a padres, madres y docentes que tiene a cargo el acompañamiento de niñas, niños y jóvenes.

El ámbito educativo es uno de los escenario donde se reproducen patrones culturales, que reproducen los estereotipos y roles de género tradicionales-machistas que generan dichas violencias, y por lo tanto, un espacio propicio en donde trabajar para transformar los imaginarios socioculturales que ocasionan prejuicios de género, desigualdades e inequidades entre mujeres y hombres.

A nivel de Colombia, existe legislación nacional, departamental y local para garantizar los Derechos Humanos de las Mujeres, entre ellos los derechos sexuales y derechos reproductivos, la incorporación del enfoque de género en el sector educativo y el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencias. Esta normatividad es de obligatorio cumplimiento para las entidades estatales colombianas y para la sociedad en general, es por ello que cómo Secretaría de las Mujeres promovemos la incorporación del enfoque de género en la educación. (Ver anexo 1. Relación de Normatividad sobre derechos de las mujeres y las niñas en ámbito educativo).

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